Justicia feminista: amiga, estas son las leyes que te protegen
- Diana Escalona
- 12 mar
- 5 Min. de lectura
Actualizado: 7 abr

La lucha de víctimas, activistas, así como legisladoras ha permitido que se reconozcan y sanciones las violencias contra las mujeres
En la búsqueda de espacios libres de violencia, justicia para las víctimas, así como castigo para los agresores, activistas y legisladoras han impulsado reformas y leyes específicas para castigar los distintos tipos de violencia contra las mujeres.
Si bien el Estado Mexicano tiene la obligación de garantizar los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, es la lucha de víctimas, activistas feministas, diputadas, senadoras y colectivas lo que ha permitido crear y modificar las leyes y códigos penales.
El activismo feminista, sin duda, logró un cambio en las leyes mexicanas para prevenir, atender y sancionar el acoso, delitos sexuales, la violencia digital, entre otros tipos de violencia que pueden sufrir las mujeres, niñas y adolescentes a lo largo de sus vidas.
A continuación, te explicamos cuáles son las leyes que te protegen en México:
Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Esta ley se publicó en 2007, aunque su última reforma ocurrió en enero de 2024, para prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las niñas, adolescentes y mujeres en distintos ámbitos de su vida.
En ella se reconoce la violencia psicológica, física, patrimonial, económica, sexual, a través de interpósita persona y cualquier otra forma que lesione o dañe la integridad y libertad de las mujeres.
Recuerda que existe la violencia familiar, laboral, comunitaria, así como la institucional y en esta ley de define el hostigamiento, el acoso sexual y la violencia feminicida, de esta última fue la primera vez que se incluyó el término “feminicidio” para referirse a una violencia que se comete contra las mujeres en razón de género.
También ordena que las víctimas de cualquier tipo de violencia tienen derecho a contar con:
Protección inmediata de las autoridades
Asesoría jurídica gratuita y expedita
Un refugio, mientras lo necesite al cual podrá acudir con sus hijos
No estará obligada a participar en mecanismos de conciliación con su agresor
Ley Olimpia
Se trata de un conjunto de reformas que reconocen la violencia digital y sancionan los delitos que violen la intimidad sexual de las personas (no solo mujeres) a través de medios digitales, o como también se le conoce: ciberviolencia.
Es violencia digital exponer, difundir o reproducir imágenes, audios y videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento a través de los distintos canales digitales.
La “Ley Olimpia” fue impulsada por la activista Olimpia Coral después de que un video de contenido íntimo sexual suyo se difundiera sin su consentimiento. Se enfrentó no solo al rechazo colectivo, el estigma social y la violencia social, también fue revictimizada en el Ministerio Público ya que en ese momento lo que le había ocurrido no era un delito.
De acuerdo con el Código Penal Federal este delito se sanciona con 3 a 6 años de prisión, además de una multa de 500 a mil unidades de medida y actualización.
Ley Ingrid
La difusión indebida en redes sociales y medios de comunicación del feminicidio de Ingrid Escamilla, ocurrido en 2020 en la Ciudad de México, marcó un antes y un después en la filtración y divulgación masiva de fotografías de mujeres asesinadas con extrema violencia.
La indignación colectiva y la exigencia de respecto para las víctimas y sus familias permitió impulsar y promulgar reformas legislativas para frenar la exposición, así como la revictimización de las mujeres víctimas feminicidio, combatir la violencia mediática de género y su normalización.
De este modo, la divulgación de información e imágenes de las víctimas constituyen una lesión a la dignidad de la persona y la memoria de las víctimas que es sancionada, de momento, en la Ciudad de México, Colima y Oaxaca.
En el caso específico de la capital, el castigo va de 2 a 6 años de prisión y multa de 500 a mil unidades de medida y actualización, aunque puede incrementar.
Ley Malena
Casi cinco años después de la agresión con ácido que sufrió la saxofonista María Elena Ríos (en septiembre de 2019) que le provocó quemaduras graves en el 80% de su cuerpo se reformó la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como el Código Penal de la Ciudad de México para reconocer y sancionar la “violencia ácida”.
A partir de la iniciativa se logró tipificar el delito de violencia por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivos que causen daños a la integridad de mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas transgénero y con discapacidad.
Destaca que cuando la violencia ácida provoque daños graves y permanentes en la víctima, las autoridades tendrán que considerarlo como una tentativa de feminicidio.
La sanción va de los 8 a los 12 años de prisión, con multas de 300 a 700 veces la unidad de medida y actualización vigente, misma que podrá aumentar cuando la agresión se cometa por razones de género y cuando exista un antecedente de amenazas, acoso u otro tipo de violencia.
La “Ley Malena” también obliga a los centros de salud a reportar los casos de ataques con ácido ante el Ministerio Público.
Ley Monse
La “Ley Monse” surge a partir de una iniciativa presentada en la Cámara de Diputados tras el feminicidio de la joven Montserrat Bendimes, cuyo agresor logró escapar con ayuda de sus padres y familiares, por lo que con ella se sanciona a las personas cercanas a los feminicidas que los oculten o encubran.
El dictamen permitió reformar, adicionar y derogar disposiciones en materia de investigación, sanción y reparación integral del delito de feminicidio en el Código Penal Federal, el Código Nacional del Procedimientos Penales, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley General de Víctimas y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
De este modo se elimina la figura de “excusa absolutoria” en casos de feminicidio para que se pueda juzgar y sancionar a los familiares, cónyuges, hijos o personas cercanas que encubran o ayuden a escapar al feminicida de la justicia.
El castigo por el delito de encubrimiento va de los tres meses a los tres años de prisión.
Ley Monzón
El caso de Cecilia Monzón Pérez, abogada y activista, asesinada en mayo de 2022 en Puebla, cuyo autor intelectual fue el padre de su hijo con quien sostenía un proceso legal por pensión alimenticia, impulsó la creación de esta ley.
Su feminicidio abrió un debate sobre el cuidado y tutela de un menor de edad, cuyo progenitor es el principal sospechoso de asesinar a su madre, por lo que en el Congreso de Puebla se presentó una iniciativa para retirarles la patria potestad a padres que cometen feminicidio en contra de la mamá de sus hijos.
La diputada Mónica Silva, quien la presentó, argumentó los efectos colaterales que estas violencias provocan, especialmente cuando hay niños y adolescentes involucrados y quienes se convierten en víctimas indirectas al quedar en una situación vulnerable.
De momento, la “Ley Monzón” está aprobada en los estados de Puebla, Colima, Ciudad de México, así como Sinaloa.
Diana Escalona
Comments